Transfer Citibanamex

CUENTA TRANSFER DIGITAL

La Cuenta Transfer Digital y Tarjeta Saldazo han dejado de operar

¿Qué debo hacer después de que mi Cuenta Transfer Digital y/o Tarjeta Saldazo fue cancelada?

¿Qué debo hacer después de que mi Cuenta Transfer Digital y/o Tarjeta Saldazo fue cancelada?

Si tu cuenta aún tenía saldo acude a cualquier Sucursal Citibanamex para solicitar tu dinero, solo debes llevar: 

1. Credencial de elector vigente.

2. Número de cuenta, número de contrato, Tarjeta Transfer o número de celular asociado a la cuenta.

En caso de no conocer si tu cuenta aún tenía saldo, solicita tu último Estado de Cuenta en cualquier Sucursal Citibanamex.

A partir de que inicies el trámite, el tiempo aproximado para la devolución de tu dinero es de 30 días hábiles, una vez transcurrido el tiempo deberás regresar a la misma sucursal para que te entreguen tu dinero.

Para cualquier duda, comunícate al Centro de Atención Telefónica Transfer | Citibanamex al 55 4631 2669 de lunes a domingo de 8:00 a 20:00 horas.

Preguntas Frecuentes

Te informamos que seguiremos atendiendo las aclaraciones que estén en proceso, aunque tu Cuenta Transfer y/o Tarjeta Saldazo haya sido cancelada. Puedes consultar el estatus con el folio de tu aclaración acudiendo a sucursal o comunicándote al Centro de Atención Telefónica Transfer | Citibanamex al 55 4631 2669 de lunes a domingo de 8:00 a 20:00 horas.


Te invitamos a conocer la oferta de productos que tenemos para ti en www.banamex.com donde podrás encontrar otro producto con beneficios que se adapten a tus necesidades.

Para poder obtener el Saldo de la Cuenta Transfer Digital o Tarjeta Transfer, debes acudir a cualquier Sucursal Citibanamex presentando lo siguiente:

1. Identificación oficial (INE) del titular de la cuenta.   

2. Acta de defunción.   

3. Número de cuenta, número de contrato, Tarjeta Transfer o número de celular asociado a la cuenta.   

4. Identificación oficial (INE) del apoderado o representante legal/beneficiario/albacea.   

5. Sucesión testamentaria.   

6. Carta poder notarial (necesaria solo para apoderado o representante legal).