Comisiones
- Las comisiones son fijadas al momento de concretar y establecer las obligaciones asumidas por el fiduciario; al solicitar el servicio, el ejecutivo hará una cotización específica
- Las comisiones cobradas se basan en la aceptación del cargo de fiduciario, la administración del negocio y el uso de servicios bancarios
- La comisión por la aceptación del cargo de fiduciario es causada por dicha aceptación, por el estudio del negocio, los documentos de soporte, por la negociación y por la elaboración y la firma del contrato respectivo
- La comisión por la administración del negocio es causada por funciones administrativas del fiduciario, incluyendo sin limitar:
- La administración y conservación del patrimonio del fideicomiso
- La ejecución de los fines, mandato o depósito
- La inversión del patrimonio del fideicomiso o de los recursos entregados para la ejecución del mandato o depósito condicionado
- La apertura y mantenimiento de cuentas y registros
- La generación de estados de cuenta
- La comisión por el uso de servicios bancarios es causada por el uso de los servicios bancarios requeridos en la ejecución del negocio que corresponda, tales como expedición de cheques, órdenes de pago, transferencias interbancarias, etcétera, mismos que tienen un costo adicional al servicio fiduciario
Todas las comisiones causan IVA.